En el Real Decreto Ley que regula la reforma del mercado de trabajo se considera a los jóvenes como uno de los colectivos que mas se tiene en cuenta para intentar darles oportunidades para encontrar empleo.
En concreto se refieren a los jóvenes de 16 a 30 años como uno de los colectivos a los que se les puede hacer el contrato para el fomento de la contratación indefinida.
El capítulo III se titula Medidas para favorecer el empleo de los jóvenes y de las personas desempleadas en el se establecen bonificaciones en las cuotas que pagan las empresas a la Seguridad Social a aquellos empresarios que contraten a jóvenes desempleados entre 16 y 30 años.
Por último, se modifica el contrato de formación para intentar hacerlo mas atractivo y fomentar su uso, ampliando temporalmente la edad para contratar mediante esta modalidad hasta los 25 años.
En concreto se refieren a los jóvenes de 16 a 30 años como uno de los colectivos a los que se les puede hacer el contrato para el fomento de la contratación indefinida.
El capítulo III se titula Medidas para favorecer el empleo de los jóvenes y de las personas desempleadas en el se establecen bonificaciones en las cuotas que pagan las empresas a la Seguridad Social a aquellos empresarios que contraten a jóvenes desempleados entre 16 y 30 años.
Por último, se modifica el contrato de formación para intentar hacerlo mas atractivo y fomentar su uso, ampliando temporalmente la edad para contratar mediante esta modalidad hasta los 25 años.
Fuente: Diario de Alcalá.